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El Gobierno relaja las condiciones para reabrir tiendas electro en fase 1 y 0, con el límite en 400 m2

El Gobierno relaja las condiciones para reabrir tiendas electro en fase 1 y 0, con el límite en 400 m2

Desde hoy, día 18 de mayo, las medidas de desescalada serán algo menos restrictivas con el comercio en general, y el de electrodomésticos en particular, tanto para aquellos que se encuentren en esa parte de España que ya se encuentra en Fase 1 como para aquellas regiones todavía en Fase 0, como es el caso de la Comunidad de Madrid y el área metropolitana de Barcelona. Según se recoge en la última orden ministerial SND/4142020,publicada por el BOE el pasado sábado 16 de mayo, aquellos comercios con una superfcie de más de 400 m2 de sala de venta también podrán abrir sus puertas en la Fase 1 aunque para ello deban acotar su espacio en la tienda para ajustarse a dichas dimensiones. Este seria uno de los principales cambios que el Gobierno ha introducido dentro del Plan de desescalada que, originariamente, dejaba estos puntos de venta para una Fase 2. Con esta medida se "relajan" algo los requerimientos originales que dejaban fuera del marco legal a multitud de establecimientos comerciales que se excedían de dichas dimensiones aunque cumpliesen con todos los demás requerimientos. Pero el alivio llegará también a aquellas tiendas de electrodomésticos que siguen en fase 0, dado que ya podrán abrir sin necesidad de cita previa, con un aforo limitado al 30% (si se dispone de dos plantas ha de aplicarse el mismo ratio de aforo por planta) y en una superficie limitada a 400 m2 además de mantener la distancia de seguridad de 2 metros entre clientes.

La orden ministerial expresa que se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones "en relación con los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados, se mantiene como requisito para la apertura en fase 1 que estos tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 m2, pero se prevé que en el caso de que la superficie sea superior, puedan acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral". la nueva redacción indica "Que se reduzca al treinta por ciento el aforo total en los locales comerciales. En el caso de establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción. En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente". Y a ello habría que añadir que se establezca además un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

Por otra parte, y aquí viene la parte polémica, si los establecimientos se encuentran en centros comerciales, su reapertura -en los términos de metros cuadrados (400 m2) antes formulados- estará autorizada solo si es posible entrar directamente desde la calle o si disponen de un acceso independiente a otros establecimientos. En este caso, la posibilidad de apertura para operadores como MediaMarkt, Worten, Fnac u otros siempre será clara en aquellos puntos de venta situados en parque comerciales que por su propia estructura tengan accesos independientes desde la calle y no compartan ningún otro acceso. Así al menos es como lo refleja el artículo 10.2 en su nueva redacción: "En el caso de establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de parques o centros comerciales, podrán proceder a su reapertura al público siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta al público igual o inferior a 400 metros cuadrados o acoten la misma a este umbral, y cuenten con acceso directo e independiente desde la vía pública". Antes de que se llevara a cabo este cambio de regulación, la posibilidad de que las grandes cadenas electro situadas en centros comerciales pudiesen reabrir sólo se contemplaba una vez que la zona en la que se encontrase estuviesen en Fase 2.

El Gobierno relaja las condiciones para reabrir tiendas electro en fase 1 y 0, con el límite en 400 m2

Asimismo, la nueva orden ministerial insiste en que lo dispuesto en este capítulo "no será de aplicación a los establecimientos y locales comerciales minoristas que ya estaban abiertos al público de acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los cuales podrán continuar abiertos, pudiendo ampliar la superficie útil de exposición y venta hasta 400 metros cuadrados, para la venta de productos autorizados en dicho artículo 10.1 u otros distintos". Dicha redacción apuntaría fundamentalmente a la posibilidad de que los hipermercados, cuya consideración de comercio de bienes de primera necesidad, podrían habilitar espacios de venta, como el electro, hasta ahora limitado al canal online o telefónico. Tampoco hay que olvidar que entre las actividades que el artículo 10.1 del Real Decreto de 14 de marzo permitía en determinados establecimientos comerciales, además del de alimentación estaban los relativos a equipos tecnológicos y de telecomunicaciones (no electrodomésticos de gama blanca), aspecto éste que Mediamarkt habría de esgrimir para reabrir sus 88 tiendas el pasado 11 de mayo, una decisión que levantó no pocas polémicas a pesar de ceñirse a solo tres secciones como eran informática, telefonía y televisores. Worten habrían mantenido abiertos algunos de sus establecimientos en Canarias bajo dichos parámetros.



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