El proyecto SILICIE cambiará la regulación de los IIEE en el sector cervecero

La Agencia Tributaria publicaba hace unos días el borrador de la Orden ministerial que regulará la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, que, a priori, entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2020 y que afecta, entre otros, al sector cervecero. Dicha Orden desarrolla el proyecto SILICIE (Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales), por el que la contabilidad de estos productos se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante el suministro -electrónico- de los asientos contables, lo que sustituirá a los actuales libros auxiliares de contabilidad.

La definición minuciosa del contenido de los asientos contables a suministrar, así como los procedimientos, plazos y forma de presentación, significarán la estandarización y homogeneización de este proceso contable en todo el territorio nacional y eliminará la actual necesidad de informar periódicamente a la Agencia Tributaria mediante las declaraciones de operaciones al contar ya con toda la información en su sistema.

La Asociación Española de Cerveceros Artesanos e Independientes (AECAI) ha participado de forma muy activa durante el periodo previo de información pública y de alegaciones al borrador de la Orden. De hecho, “han sido admitidas el grueso de peticiones que con tanta insistencia hemos solicitado los cerveceros artesanos y de pequeño tamaño”, según han señalado los responsables en materia de impuestos de la asociación cervecera. “Es evidente”, sostiene el colectivo de los cerveceros artesanos, “que somos un sector que acaba de nacer y, por ello, es muy importante tener la oportunidad de hacer llegar a la Administración de primera mano la realidad diaria de las pequeñas fábricas que, lógicamente, por nuestra reciente irrupción, es bastante desconocida en muchos aspectos”.

Cambios para los microcerveceros

Las principales novedades que establecerá la nueva Orden para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los pequeños artesanos son las siguientes: aumento del límite a 50.000 hl/año para ser considerada pequeña cervecera (en el Reglamento de Impuestos Especiales el límite eran sólo 5.000 hl). Este nuevo límite, que coincide con el que figura en los estatutos de AECAI, asegura que la totalidad de las pequeñas cerveceras puedan acogerse a los beneficios y simplificaciones contables y permite eliminar trabas administrativas al crecimiento de las pequeñas fábricas cerveceras a tenor del importante desarrollo del sector en los últimos años.

Remisión mensual de asientos al sistema de la AEAT. Se ha aumentado el plazo de presentación de los asientos, de forma que los del mes en curso podrán enviarse hasta el último día hábil del mes siguiente. En el caso general, el plazo de remisión es de cinco días hábiles. Declaración agrupada de materias primas. Podrá remitirse un sólo asiento agrupado al mes por cada tipo de materia prima.

Retraso efectivo del suministro electrónico de información. Si bien la entrada en vigor se mantiene el 1 de enero, la remisión de los asientos del primer semestre de 2020 se podrá realizar durante el tercer trimestre de 2020. Ello otorga al menos 6 meses de gracia para implantar, adaptar y testear las aplicaciones y sistemas informáticos de las empresas.

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