El Mapa impone el confinamiento de aves en toda España para atajar la gripe aviar

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decretado el confinamiento, a partir de hoy, de todas las aves de corral que se crían al aire libre en España. Se trata de un refuerzo de las medidas preventivas frente a la influenza aviar ante el aumento del riesgo de expansión de esta enfermedad altamente infecciosa. Medidas similares ya se han tomado en Irlanda, Francia y la mayoría de los länders de Alemania, el país más afectado por la actual epidemia.

La orden ministerial ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado y ha sido explicada por Emilio García Muro, Director General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria, en un encuentro con medios de comunicación. La medida extiende a todas las granjas avícolas (carne, puesta y genética), incluidas las explotaciones ecológicas y las de autoconsumo o las que produzcan carne o huevos para su venta directa al consumidor, la prohibición de que los animales permanezcan al aire libre que ya regía desde el pasado lunes, día 10, para las zonas consideradas de especial riesgo y especial vigilancia.

Desde el mes de julio se han notificado 139 brotes de influenza aviar en granjas avícolas de Europa. En España se han producido 14 focos en explotaciones, la mitad de ellos en Castilla y León (que han afectado, principalmente, a un importante grupo de huevos de consumo), además de 53 en aves silvestres y 5 en cautivas. Ello ha obligado ya al sacrificio de 2,5 M de aves. No obstante, en la última semana se ha detectado un alza en el riesgo de contagio, vinculado al aumento de focos en Europa, la intensificación de movimientos de aves silvestres migratorias y por el descenso de la temperaturas, factor que facilita la supervivencia del virus, de ahí la extensión del confinamiento a toda España. Con esta medida, se trata de evitar el contacto de las aves de corral con las migratorias que pueden ser portadoras del virus. "El riesgo será reevaluado semana a semana", ha comentado García Muro, "con lo que se puede ir procediendo a una desescalada según mejoren las circunstancias". Un dato positivo: "en la última semana no se ha reportado ningún nuevo foco en aves de corral".

La orden implica estas prohibiciones: la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral; dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar; y los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres. También se prohíbe la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluidos los certámenes los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas. Por otro lado, en los casos en los que no fuera posible el confinamiento de las aves de corral, la autoridad competente de las comunidades autónomas podrá autorizar el mantenimiento de la mismas al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres. En este caso, las aves tendrán que alimentarse y abrevarse en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimentos y el agua destinados a las de corral.

García Muro ha afirmado también que esta medida es la más efectiva para evitar la propagación del virus, ante la imposibilidad de una vacunación masiva aún no totalmente efectiva para evitar la circulación del virus. También ha recordado la posibilidad de recibir compensaciones por el sacrificio de las aves enfermas y la desinfección de las granjas, que tramitan las Comunidades Autónomas. Asimismo, los productores podrán mantener el etiquetado "campero", "al aire libre" o "ecológico", para la mercancía que anteriormente contaba con esta denominación, mientras que dure el periodo de confinamiento.

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