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La CNC abre expediente sancionador a los principales operadores de papel y cartón ondulado en España

La CNC abre expediente sancionador a los principales operadores de papel y cartón ondulado en España

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado expediente sancionador contra los fabricantes de papel para cartón ondulado Industrias Celulosa Aragonesa (Saica) y Papeles y Cartones de Europa (Europac); a los productores y transformadores de cartón ondulado en packaging Smurfit Kappa España, Embalajes Petit, Hispano Embalaje (participado en un 50% por el anterior), Cartonajes Internacional (Cartisa), Lantero Cartón, Rafael Hinojosa, Cartonajes Bernabéu, Cartonajes Vegabaja (que comparte accionista mayoritario con la anterior) y Cartonajes Santorromán; y a la Asociación Española de Fabricantes de Envases y Embalajes de Cartón Ondulado (Afco), por posibles prácticas restrictivas de la competencia.

Por tanto, el expediente afecta a los grupos Saica, Smurfit Kappa, Petit, Europac, International Paper, Lantero, Cartonvase y Rafael Hinojosa (además de a Cartonajes Santorromán), que precisamente conforman la relación de principales operadores del sector en nuestro país. El único entre los nueve primeros al que no le ha sido abierto expediente es Cartonajes La Plana, octavo según el último ranking publicado por Alimarket Envase, que próximamente será actualizado.

Las prácticas denunciadas por la CNC consistirían en recomendaciones colectivas, intercambios de información y acuerdos de precios así como reparto de clientes en los mercados de elaboración de pasta de papel y papel para la fabricación de cartón ondulado y en el mercado de fabricación del cartón ondulado y su transformación en productos de embalaje o envasado. Dichas prácticas podrían ser contrarias al artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC). Las conductas analizadas tienen origen en unas actuaciones iniciadas de oficio por la Dirección de Investigación y en el marco de las cuales se realizaron, con fechas 10 y 11 de abril de 2013, inspecciones domiciliarias en las sedes de seis de las doce entidades mencionadas.

Como resultado de la información reservada realizada, la Dirección de Investigación ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la LDC, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LDC, ha acordado con fecha 10 de mayo de 2013 la incoación de expediente sancionador S/0469/13 por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la LDC.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC. La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores. Cabe destacar en este sentido que la Ley de Defensa de la Competencia incorpora el llamado programa de clemencia, por el que cualquier empresa que forme parte de un cártel y aporte elementos de prueba que posibiliten a la CNC la detección o la comprobación de la existencia de dicho cártel puede beneficiarse de la exención del pago de la multa o, en su caso, de una considerable reducción del importe de la multa que pudiera corresponderle por su participación en el cártel.



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