La Comisión Europea ha confirmado a través de la Dirección General de Medio Ambiente al portal especializado ICIS que solo el rPET producido a partir de residuos plásticos en la UE, puede actualmente contabilizarse para el objetivo del 25% de contenido reciclado establecido en la Directiva sobre Plásticos de un Solo Uso (SUPD). Esto amplía el punto 4 de la Decisión de Ejecución 2023/2683, en relación con la Directiva (UE) 2019/904 (SUPD), que establece: “Los residuos plásticos posconsumo deben entenderse como residuos generados a partir de productos plásticos comercializados”.
La Comisión confirmó a este medio que está preparando un acto de ejecución, previsto para el cuarto trimestre de 2025, que ampliará la metodología de cálculo, verificación y presentación de informes para abarcar todas las tecnologías de reciclaje, incluido el reciclaje químico. Esta ley derogará y sustituirá la vigente y ampliará la definición de “plástico reciclado”, que será la misma que la del Reglamento sobre Envases y Residuos de Envases (PPWR) y abarcará los materiales reciclados “procedentes de residuos plásticos posconsumo generados a partir de productos plásticos comercializados fuera de la UE”.
El mercado de rPET han acogido con satisfacción la aclaración, si bien existe la preocupación de que la armonización de la SUPD con la PPWR en cuanto a permitir el reciclado producido a partir de residuos comercializados fuera de la UE, lo que abriría el mercado europeo a importaciones más económicas de material reciclado. La Comisión está elaborando actualmente la metodología para el cálculo y la verificación de los objetivos de contenido reciclado de la PPWR, que se prevé alcanzar en diciembre de 2026.