La Sala III del Tribunal Supremo ha deliberado y votado ayer los ocho primeros recursos contencioso-administrativos de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, popularmente conocido como 'céntimo sanitario'. El sentido del fallo es estimatorio de los ocho recursos.
Estas reclamaciones provienen de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de 'Transportes Jordi Besora', de 27 de febrero de 2014, que declaró que la Ley que autorizaba dicho impuesto era contraria a la directiva 92/12/CEE.
Pendientes de saber el texto definitivo de las sentencias, que se dará a conocer en los próximos días, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha valorado positivamente la estimación de los primeros recursos contencioso-administrativos por los que se reclama la responsabilidad patrimonial del Estado por el cobro indebido del céntimo sanitario.
"Deseamos que con esta noticia se restauren definitivamente los perjuicios ocasionados a las empresas de transporte y se por ponga el punto y final a una situación que siempre hemos considerado como completamente injusta para nuestro sector", señala la CETM en un comunicado.