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Sanciones por incumplimientos en plazos de pago, revisión de precios y excesos en la cadena de subcontratación

El acuerdo entre las asociaciones de transporte de mercancías por carretera y sus clientes cargadores incluye ahora sólo recomendaciones, pero también pone las bases para legislar sanciones por inclumplimientos

Sanciones por incumplimientos en plazos de pago, revisión de precios y excesos en la cadena de subcontratación

El 12 de abril, las principales organizaciones del transporte por carretera, agrupadas en el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) han alcanzado un acuerdo con los representantes de las principales asociaciones de empresas cargadoras, AECOC, Aeutransmer y Transprime, para, fundamentalmente, lanzar un mensaje al mercado de cumplimiento de las principales disposiciones que regulan el mercado.

El acuerdo es un texto -que puede descargar en su integridad en el enlace adjunto- de recomendaciones, buenas intenciones y rechazo de la mala praxis o abuso de posición dominante, pero también incluye en su articulado que, aparte de estos compromisos verbales, se van a desarrollar en el futuro las modificaciones legales necesarias para que se lleguen a aplicar sanciones administrativas por incumplimientos en tres determinadas cuestiones: plazos de pago, claúsulas de revisión de precios en función de las tarifas del gasóleo, y excesos en la cadena de subcontratación de empresas para una misma operación. De hecho, el Ministerio de Fomento, que suscribirá el acuerdo finalmente el próximo martes 19 de abril, ha manifestado también su compromiso para coordinarse con otros ministerios en lo necesario para estos desarrollos legislativos.

Asimismo, en lo relativo a plazos de pago, se pretende que la modificación normativa llegue a imponer un periodo máximo de 30 días para los servicios de transporte .



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