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Competencia recupera la sanción contra José Estevez

Competencia recupera la sanción contra José Estevez

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha vuelto a sancionar con 1,7 M€ a Bodegas José Estévez , elaborador de vinos de Jerez y licores, por su participación en el cártel de vinos finos de Jerez . Los acuerdos adoptados por el cártel en el que participó José Estévez consistieron en establecer cupos o cuotas de exportación para cada participante del cártel, la implantación de un sistema de compensación y la fijación de precios a través de la asignación de un precio mínimo de referencia para las ofertas a los clientes, reparto de clientes e intercambios de información cuyo propósito final era subir los precios.

El cártel no sólo tuvo por objeto falsear la competencia, sino que pudo hacerlo ya que las bodegas afectadas controlaban cerca del 90% de las exportaciones de este mercado. Los acuerdos implicaron un incremento artificial del precio del producto con un impacto directo sobre los consumidores de las empresas participantes en el cártel e indirectos sobre los consumidores de dicho producto durante toda la vigencia temporal del cártel.

Un expediente que se alarga

Esta sanción no es nueva, ya que viene a resolver el expediente abierto ya hace varios años contra la compañía gaditana y otras del vino de Jerez. Así, la CNMC señala en su comunicado que con fecha 15 de julio de 2008 se acordó la incoación de expediente sancionador S/0091/08 Vino Jerez, por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y en el artículo 81 del Tratado de la Comunidad Europea, entre otras, contra Bodegas José Estévez, por su participación en unos acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios en el sector del vino fino de Jerez. Tales prácticas podrían haber comenzado a principios de 2001, siendo los productos afectados los vinos finos de Jerez comercializados en el exterior.

Con fecha 28 de julio de 2010 se resolvió que, entre otras, Bodegas José Estévez, había incurrido en una infracción del artículo 1 de la LDC y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por haber contribuido con su comportamiento a la creación de un cártel en la comercialización del vino de Jerez. En consecuencia, se impuso una sanción de 1,2 M€ y se instó a la Dirección de Investigación a que vigilara y cuidara del cumplimiento de esta Resolución.

Bodegas José Estévez interpuso recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, que dictó sentencia el 26 de noviembre de 2013. Según la cual, “declara en relación a dicho recurrente la caducidad del procedimiento sancionador y se acuerda el archivo de las actuaciones. No procede declarar la prescripción de la infracción”, dado que se le notificó la Resolución el 2 de agosto de 2010, una vez transcurrido el plazo máximo del procedimiento que finalizaba el 29 de julio de 2010. Respecto a la prescripción, dice la citada sentencia que “en la fecha de esta sentencia no se considere que la infracción esté prescrita y que la Administración pueda iniciar un nuevo procedimiento al no haber transcurrido el plazo de prescripción”.

En consecuencia, e l 23 de junio de 2014 la Dirección de Competencia inició la incoación del expediente sancionador contra Bodegas José Estévez, por la existencia de indicios de infracción del artículo 1 de la LDC y en el artículo 101 del TFUE.

Desde José Estévez niegan su participación en cártel o acuerdo alguno de reparto de mercado y fijación de precios. Carece, por tanto, de todo fundamento la resolución recurrida y la sanción impuesta, señalan en un comunicado. La resolución recoge los mismos hechos y reproduce prácticamente una resolución de un expediente anterior, que ya fue anulado por la Audiencia Nacional.



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