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Nueva normativa de regulación del apoyo comunitario a las inversiones vinícolas

Nueva normativa de regulación del apoyo comunitario a las inversiones vinícolas

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las medidas comunitarias de apoyo a la inversión realizada, por parte de las empresas españolas, de activos tangibles o intangibles en instalaciones de transformación, infraestructura vinícola y comercialización de vino en el resto de países de la Unión Europea.

El Real Decreto determina el ámbito de aplicación de este apoyo a la inversión, señalando las empresas que pueden ser beneficiarias y los requisitos que deben reunir los proyectos que se presenten, así como las operaciones y gastos admisibles, y la tramitación y aprobación de las solicitudes.

En virtud de esta normativa, los interesados deberán presentar su solicitud acompañada de un proyecto de inversión, en el que se especifiquen las operaciones y se detallen los conceptos de gasto que componen cada operación y los costes estimados de cada una de ellas, su calendario previsto de ejecución y el país en el que se desarrollan.

Asimismo, el Real Decreto delimita el régimen de cofinanciación y pago de este tipo de apoyos, la posibilidad de obtener anticipos por parte del beneficiario, la liberación de garantías y los mecanismos de control, evaluación y seguimiento.

En la gestión de esta medida, y dentro del marco de sus competencias, participarán tanto el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, como las Comunidades Autónomas. Además, en el seguimiento y evaluación del desarrollo y la ejecución de la misma, se contará con el asesoramiento y orientación de las organizaciones representativas del sector.

Decepción en el sector cooperativo nacional

Este Real Decreto ha provocado la decepción del sector cooperativo vinícola nacional, por el retraso en aprobación y por la introducción de importantes limitaciones respecto a los beneficiarios y operaciones subvencionables, así como por el establecimiento de tiempos muy ajustados para llevar a cabo los trámites burocráticos, que van desde la solicitud de las ayudas hasta la justificación de los gastos.

Del mismo modo, niega la admisión como acción subvencionable de la contratación de expertos comerciales para estos centros, permitiéndose tan sólo la inclusión de las remuneraciones percibidas por profesionales vinculados a proyectos materiales de diseño, construcción, adaptación, etc. de infraestructuras, así como los costes del equipamiento de estas instalaciones.

Por contra, establece la posibilidad de financiar plantas embotelladoras en países comunitarios de destino de los vinos, lo que permitirá que los que hasta ahora se comercializan a granel puedan ser embotellados y etiquetados en estas instalaciones, conservando la identidad de vino español. Sin olvidar que, tal y como resalta la Asociación Cooperativas Agro-alimentarias de España, esto permitirá “una mejora de carácter medioambiental por la reducción de la emisión de gases invernadero en el transporte de tales vinos”.



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