La certificación energética de los edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE, la cual se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. A raíz de esta directiva, se establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética , que deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de éstos. Con ello, se puede valorar y comparar su eficiencia, con el fin de favorecer la promoción de edificios responsables con el medio ambiente y las inversiones en ahorro de energía. Este Real Decreto está dirigido no sólo a los edificios de nueva construcción , sino también a aquellos existentes que sufran modificaciones, reformas o rehabilitaciones, que tengan una superficie útil superior a 1.000 m2 y en los que se renueve más del 25% del total de sus cerramientos .
Además, en breve se regulará la certificación energética de edificios existentes para cumplir por completo con las exigencias de la Directiva Europea en materia de certificación energética de edificios. A través de ésta, se obligará a que todos los edificios existentes, cuando se vendan o alquilen, dispongan de un certificado de eficiencia energética, independientemente de que sufran o no modificaciones, reformas o rehabilitaciones. En otros países europeos la certificación energética supone que aquellos inmuebles que posean una buena clasificación energética tengan un precio de mercado superior a los que no la tienen o, lo que es lo mismo, que una vivienda o edificio de gran consumo energético tenga en el mercado un precio inferior. De esta manera, se potencia el bajo consumo como una inversión en el valor futuro del inmueble a vender .
Es deseable que la legislación pendiente en España recoja la obligatoriedad de la certificación energética impulsando así la mejora de los edificios y viviendas en materia de consumo de energía. De no ser así, entre otras cosas, perderíamos la oportunidad de potenciar una reforma y rehabilitación respetuosa con el medio que nos haga más competitivos y refuerce el compromiso necesario con el desarrollo sostenible. En esta misma línea, la revisión de la legislación relativa a la Inspección Técnica de edificios debería contemplar ampliamente los conceptos de salubridad y seguridad para la que fue creada, y dotar de los medios adecuados para su correcta ejecución.
En la actualidad contamos con un buen número de proyectos y empresas impulsando estas actividades. Desde Amascal venimos trabajando desde hace tiempo para que ambas cuestiones sean generadoras de empleo y constituyan un complemento para la actividad desarrollada por nuestros almacenes asociados. Tanto los trabajos de ITE como la certificación energética serán en el futuro próximo una nueva fuente de negocio para muchas empresas. Estas actividades deben ser acometidas desde la prudencia y considerando los factores financieros como clave del éxito, pero para ello es necesario que la nueva legislación venga acompañada de adecuadas líneas de financiación para las obras a acometer.
Amascal es la Asociación de Mayoristas de Saneamiento, Calefacción, Fontanería, Gas, Aire Acondicionado y Afines.







