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Unos 4.800 comercios Electro podrían abrir sus puertas en la Fase 0

Unos 4.800 comercios Electro podrían abrir sus puertas en la Fase 0

La expansión de la pandemia ocasionada por el coronavirus en España ha llevado a la adopción del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en donde se han establecido importantes medidas restrictivas de la movilidad y la actividad económica. Fruto de las medidas de contención adoptadas durante el tiempo que ha transcurrido desde la declaración del Estado de Alarma se ha logrado una reducción sustancial y sostenida de los diferentes indicadores de expansión de la enfermedad en España. Tras mes y medio de contención en la movilidad y en la actividad económica, el Gobierno de España ha aprobado un "Plan para la Transición hacia una nueva normalidad" que contempla cuatro fases de actuación asimétricas por territorios, iniciadas el 4 de mayo y que se extenderá hasta un máximo de ocho semanas. Como avanzamos en anteriores ediciones, Fece ha elaborado una guía para orientar a las tiendas electro en su reapertura durante la desescalada.

En materia de actividad económica, el "Plan para la Transición hacia una nueva normalidad", desarrollado en diferentes órdenes ministeriales, contempla la apertura de los establecimientos de hasta 400 m2 de superficie de venta, que, en el caso del sector electro y según cifras de la Base de Datos Alimarket Electro, significa un total de 4.797 tiendas de electrodomésticos con una sala de venta conjunta de 647.233 m2. No entrarían dentro de esta fase, denominada 0, pero sí en la Fase 1, aquellos con una superficie superior a esos 400 m2, así como de aquellos que tengan carácter de centro comercial o de parque comercial, o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente desde el exterior. Dentro de los requisitos de apertura contemplados en os puntos principales de la Orden SND/386/2020, de 3 de mayo, en materia del sector Electro, se establece que se reduzca al 30% el aforo total en los locales comerciales. En el caso de establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción. En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. Mientras que en los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente. Además, de que se establezca un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. Todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.

En materia de higiene y limpieza, la citada Orden contempla que los establecimientos y locales que abran al público en los términos del artículo 7 realizarán, al menos dos veces al día, siendo una de ellas obligatoriamente al final del mismo, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a pomos de puertas, mostradores y mesas u otros elementos de los puestos en mercadillos, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, y carros y cestas, así como grifos y otros elementos de similares características, utilizando para ello guantes de vinilo, de acrilonitrilo o bien guantes de látex sobre un guante de algodón, así como desinfectantes comunes incluyendo diluciones recién preparadas de lejía, concentraciones de etanol a entre 62% y 71%, peróxido hidrógeno al 0,5% en un minuto, u otros desinfectantes eficaces. Tras cada limpieza los materiales empleados y los equipos de protección individual utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos o uso de geles hidroalcohólicos. La Orden también establece en su artículo 10 las medidas relativas a la higiene de los clientes en el interior de establecimientos y locales.

El Gobierno también ha establecido un 'Protocolo y guía de buenas prácticas dirigidas a la actividad comercial en establecimiento fisico' que contempla Medidas Generales de prevención, higiene, vestuario, ropa de trabajo, sala de descanso, sistemas de climatización y ventilación, y Medidas Especificas relativas a la organización, actuación del personal, higiene y protección de clientes, cajas y puntos de atención al cliente, devolución de productos, máquinas expendedoras.

El Protocolo no especifica las medidas para el sector de distribución de electrodomésticos, pero para actividades afines como el comercio de Tecnología y telefonía indica que "Se proporcionará a los clientes guantes desechables en la entrada del establecimiento o área siendo obligatorio su uso para la manipulación de los productos. Se limpiará frecuentemente expositores y productos expuestos. En caso de devolución de productos, se actuará como se recoge en el apartado de medidas generales de higiene y protección de los clientes". En el caso de las tiendas de Muebles, "En la medida de lo posible, los clientes recogerán los productos de forma individual o bien con la adecuada protección si se requiere ayuda para su carga en el vehículo. Los repartidores a domicilio y los montadores de las tiendas deberían llevar cantidad suficiente de elementos de protección individual (mínimo dos pares de guantes y 2 de mascarillas por persona) por si resultan dañados en alguna manipulación y también geles desinfectantes para antes y después de cada entrega. Los sofás, sillas, colchones o cualquier mueble o accesorio que para su venta requiera de contacto físico, será cubierto con protectores o cubre canapés que se desecharán o desinfectarán una vez terminada la prueba".



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