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La CEOE lleva a Bruselas la posición de un millón de empresas españolas ante el Reglamento de Envases

La CEOE lleva a Bruselas la posición de un millón de empresas españolas ante el Reglamento de Envases

Dentro de los movimientos desde asociaciones y empresas para revistar el contenido del futuro Reglamento PPWR, la CEOE ha reunido en Bruselas a las tres instituciones europeas, - Parlamento, Comisión y Consejo-, para mostrarles la preocupación de las asociaciones empresariales españolas en relación con el Reglamento europeo de Envases y Residuos de Envases, que actualmente se encuentra en un momento clave de su tramitación. El encuentro organizado por CEOE se ha celebrado en el Parlamento Europeo, con la presencia de representantes de la Comisión Europea y la Presidencia española del Consejo, además de varios europarlamentarios; el presidente y el vicepresidente de la Comisión de Economía Circular de CEOE; el presidente del grupo de trabajo de Medio Ambiente de la patronal europea BusinessEurope; y de las organizaciones empresariales ASPAPEL, ASEDAS, Marcas de Restauración y ASAJA, para mostrar ejemplos sectoriales concretos de las repercusiones de este Reglamento de envases y residuos de envases en su actividad.

Durante la reunión de trabajo, los representantes empresariales trasladaron la necesidad de realizar una evaluación exhaustiva de la norma, que permita analizar la viabilidad de las medidas y determinar cuál es la mejor opción en cada situación, desde una perspectiva ambiental, técnica, económica y social, sin poner en riesgo la seguridad del consumidor y dando a las empresas el tiempo suficiente para adaptarse, antes de imponer obligaciones extremadamente restrictivas. La delegación desplazada a Bruselas, en representación de alrededor de una veintena de organizaciones empresariales relacionadas con la cadena de valor del envase, apuestan por el compromiso y la ambición de la Comisión Europea de seguir avanzando hacia la sostenibilidad de los envases, innovando en ecodiseño para mejorar su reciclabilidad, promoviendo la prevención del uso de envases y su reutilización, y aumentando el contenido de material reciclado en su composición, favoreciendo así el mercado de materias primas secundarias.

Para CEOE es fundamental proporcionar a las empresas previsibilidad, orientación a largo plazo y un margen de flexibilidad que posibilite el cumplimiento de los objetivos, así como tratar de minimizar las cargas burocráticas. Más de un millón de empresas de toda la cadena de valor Las asociaciones que han participado en el posicionamiento de CEOE ante el Parlamento Europeo representan a más de un millón de empresas, grandes y pequeñas, del sector primario, de las materias primas, fabricantes de envases, envasadores, comercio y distribución comercial y gestores de residuos. El amplio espectro de la cadena de valor del envase incluye diseñadores, productores, fabricantes, distribuidores, valorizadores y también Administración y consumidores. En el encuentro las organizaciones empresariales subrayaron que es importante tener presente que los envases están pensados para cumplir una serie de funciones relacionadas con el producto que contienen, como son proteger, transportar, alargar su vida útil, garantizar la seguridad e informar y, por tanto, son necesarios para el consumidor, para la sociedad y para el medio ambiente.

Con este punto de partida, insistieron en la importancia de fijar objetivos realistas, basados en un análisis de sostenibilidad y solo cuando se demuestre que tienen beneficios claros para el medio ambiente y la sociedad. Además, debe primar garantizar la integridad y el correcto funcionamiento del mercado único, evitando inseguridad jurídica para las empresas y distorsiones de mercado derivadas de la falta de neutralidad en cuanto a materiales de envasado o tecnologías. CEOE hizo una llamada a la colaboración público-privada y solicitó a las instituciones europeas y a los representantes españoles que vayan de la mano de los sectores para alcanzar los ambiciosos objetivos marcados, al tiempo que se protege la competitividad de las empresas europeas. Porque solo con la implicación de todos los actores - empresas, administraciones y consumidores- se podrá cerrar el círculo virtuoso de la economía circular, cuyo objetivo es aprovechar los materiales y convertir el residuo en recurso.

Revisión de los artículos

La propuesta presentada por CEOE contempla la modificación de una serie de artículos sobre su redacción original.

Por ejemplo, en el artículo 3 solicita repensar la definición que se ofrece de Envase Circular, esto es, “aquellos que se recogen por separado en un alto porcentaje, se rellenan o se reciclan varias veces”. La propuesta contempla una alternativa más abierta: “Los envases circulares son aquellos que se recogen por separado en un alto porcentaje, se rellenan o se reciclan varias veces”. Es un “concepto” que supone la alternativa circular, sostenible y de prevención de residuos a los modelos tradicionales de usar y tirar. En lugar de centrarse únicamente en la reutilización, el envasado circular es un concepto más amplio que incluye los envases de un solo uso y los rellenables/retornables como soluciones igualmente válidas en términos de prevención de residuos y minimización del impacto medioambiental.

CEOE replantea el concepto de “Envase circular” para exceptuarse de los objetivos de reutilización. El motivo es que los objetivos de reutilización deben basarse en el análisis de sostenibilidad y establecerse cuando puedan demostrar beneficios claros para el medio ambiente y la sociedad. La incorporación de envases reutilizables en el mercado necesita el desarrollo de una infraestructura de limpieza, que requiere grandes cantidades de agua y energía, así como una amplia logística, que induce el consumo de energía y las emisiones de GEI. Para los envases en contacto con alimentos, se requieren medidas adicionales de higiene, salud y seguridad de los consumidores. La Directiva marco sobre residuos permite, cuando está justificado, desviarse de la aplicación de la jerarquía de gestión de residuos en su artículo 4 (apartado 2). La reutilización de envases no es mejor desde un punto de vista ambiental y económico por defecto.

Una definición de reutilización debe incluir operaciones que forman parte de un sistema de reutilización más amplio e incluir productos y soluciones de recarga/reutilización en el hogar. La reutilización debe aplicarse en las áreas donde tiene el mayor impacto ambiental (Análisis de Ciclo de Vida -ACV), por ejemplo, teniendo en cuenta el transporte y la distancia, manteniendo al mismo tiempo los más altos estándares de calidad y seguridad del producto, especialmente cuando se trata de aspectos de higiene de productos con un ciclo de vida más largo y una formulación compleja. La aceptación del consumidor es clave para la adopción de los modelos de recarga y reutilización.

En cuanto al Artículo 5, requisitos aplicables a las sustancias contenidas en envases, en lo que respecta a la seguridad química, para CEOE los reglamentos CLP y REACH deben seguir siendo los instrumentos básicos. Las disposiciones que permitan la restricción de sustancias preocupantes en el marco del PPWR deben abordar únicamente la situación en la que las sustancias preocupantes puedan impedir la reciclabilidad o la reutilización de los envases, en caso de que REACH no lo haya abordado, dependiendo de la tecnología de reciclado (por ejemplo, reciclado mecánico frente a reciclado químico por pirólisis).

Sobre el artículo 6, dedicado a los envases reciclables se pide que los requisitos de reciclabilidad sigan siendo tecnológicamente neutros. Si bien la propuesta de la Comisión no especifica esto, la evaluación de la reciclabilidad también debe considerar los materiales que pueden reciclarse químicamente. Los materiales de base biológica, que a menudo pueden ser compatibles con los flujos de reciclaje, pueden ayudar a alcanzar varios objetivos del Reglamento y aportar algunos beneficios adicionales (por ejemplo, para el clima, para usos sensibles a los alimentos, etc.). Pedimos que se considere el contenido de base biológica como complementario al reciclaje y, por lo tanto, contribuyendo a un sector de envases más circular y sostenible.

Sobre el Artículo 7, referido al contenido reciclado mínimo en los envases de plástico, se pida que exista tiempo suficiente para que las empresas se adapten a la numerosa normativa de desarrollo (Ej., contacto alimentario, envases sensibles al contacto, o para personas vulnerables o usos médicos). Para que la industria esté en condiciones de cumplir los objetivos mínimos de contenido reciclado en los envases de plástico, la propuesta debe introducir una definición de “envases de plástico” en el artículo 3 que refleje que los objetivos de contenido reciclado del artículo 7 son aplicables a los envases fabricados total o predominantemente de plástico. Además, debe revisarse el artículo 7 para garantizar que los objetivos de contenido reciclado se calculen como la media de todos los envases de plástico comercializados.

Creación de un Foro de Envases

Se pide también la creación de un Artículo 12bis que formalice la creación de un Foro de Envases que asegure la participación de las empresas en el desarrollo de la numerosa normativa que se espera (bien actos delegados o por implementación del Reglamento) que se espera sea de elevada complejidad técnica. En el Artículo 26, objetivos de reutilización y recarga (En relación con la nueva propuesta de definición en el Artículo 3. “Envase circular”), se solicita que los mismos sean voluntarios hasta los 5 años desde la aprobación de la normativa de desarrollo.

Sobre el contenido del Artículo 27, normas sobre el cálculo de la consecución de los objetivos de reutilización y recarga, se afirma que debe existir tiempo suficiente para que las empresas se adapten a la numerosa normativa de desarrollo. Por ello, no deben ser obligatorios hasta pasados 5 años desde la publicación de los actos delegados y de implementación. Además, los objetivos de reutilización deben calcularse como la media de todos los envases comercializados, por sector (y no por empresa).

Por último, en el Artículo 43, sistemas de devolución y recogida, incide en la obligatoriedad de la recogida separada de los envases. Los envases que cumplan los criterios de diseño para el reciclado definidos en los actos delegados derivados del artículo 6.4 se deben recoger para su posterior reciclado. No estaría justificado prohibir envases que son perfectamente reciclables si no se garantiza su recogida separada.



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