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El Supremo avala el uso del término "funciona" en los zumos 'Don Simón'

El Supremo avala el uso del término funciona en los zumos Don Simón

El Tribunal Supremo ha optado por una solución "salomónica" en el caso de la batalla legal por el término "funciona" entre el grupo J. García Carrión -propietario de la marca de zumos 'Don Simón'- y Grupo Leche Pascual. En concreto, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado el fallo emitido por la Audiencia Provincial de Alicante, pero con matices, ya que ha mantenido la indemnización impuesta a JGC por valor de 494.354 €, a favor de Grupo Pascual en concepto de daños y perjuicios, si bien establece dos matizaciones. La primera de ellas " suprimir de la condena a cesar en la conducta desleal la referencia al empleo de cualquier forma de presentación que incluya la palabra 'funciona' , aplicado al mismo tipo de producto (leche y zumo de frutas) ", refiriéndose la segunda a la publicación en medios del contenido de la sentencia.

En concreto, el tribunal ha señalado que se trata de un concepto descriptivo de una cualidad del producto y, por tanto, su empleo no debe ser exclusivo de Pascual, ya que en ese caso, "se estaría reconociendo un monopolio sobre el signo en cuestión que no le corresponde".

Además, ha explicado que "el empleo por la demandada de la indicación "funciona" junto a la marca notoria 'Don Simón' en los envases de la bebida de leche y zumo de frutas que comercializa desde 2008 no genera en la mente del consumidor medio una conexión o vínculo con las marcas de la demandante -Grupo Pascual- que equivalga a su evocación".

En este sentido, el grupo JGC ha señalado que seguirá comercializando en el mismo formato y con la misma imagen sus productos 'Don Simón Funciona' y 'Don Simón Funciona Max'.

En cuanto a porqué se mantiene la indemnización económica, cuando por otra parte se reconoce la legalidad del uso del término "funciona", el Supremo lo justifica por el corto plazo de tiempo pasado entre el lanzamiento de los productos de Pascual y el casi inmediato inicio de la distribución de los de JGC.

Precisamente la categoría de zumos con leche está siendo una de las más dinámicas en estos últimos años, con un crecimiento del 3,8% en el periodo interanual concluido en octubre de 2012, según Kantar WorldPanel, y con las dos compañías enfrentadas como líderes indiscutibles del sector: en primer lugar, JGC, con una cuota del 29,6%, seguido de Pascual, con el 20,6%.

Esta no es la primera batalla entre el Grupo Leche Pascual y J. García Carrión, que ya se vieron en 2011 en los tribunales , en aquella ocasión con el zumo refrigerado en el centro de la discordia. Entonces, el Juzgado Mercantil de Burgos dio la razón al grupo murciano y obligó a Pascual a retirar sus zumos refrigerados, acusado de competencia desleal y engaño al consumidor.



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