El juzgado de 1ª Instancia nº4 de Ourense ha dictado sentencia en la que otorga la razón a Coren, al desestimar integramente la demanda interpuesta por la empresa vasca Outro Polo.
La sentencia deja claro que una serie de cuestiones que alegaba Outro Polo no eran correctas, tales como la apropiación por parte de Coren de los clientes de la vasca o la ruptura de relaciones comerciales y terminación del contrato vigente con la intención de eliminar al competidor.
Como se recordará, Outro Polo reclamaba al grupo cooperativo gallego cerca de 7M€ por lo que entendía como competencia desleal.
Según el comunicado emitido por Coren, "el mercado chino de las patas de pollo es conocido por el sector de pollos en España hace años. No es un descubrimiento de Outro Polo. Es un mercado abierto a cualquier oferta comercial y no hay motivo para calificarlo de competencia desleal".
Outro Polo ha manifestado que recurrirá la sentencia.







