La sentencia de calificación del concurso de Establiments Miró se publica prácticamente una semana después de que otro tribunal, en esta ocasión el Mercantil n. 2 de Bilbao, emitise otra sentencia en la que se calificaría también de culpable el concurso de RTV Bermúdez, S.A., filial de facto de Miró. En el fallo, publicado un día antes de que Miró transmitiese oficialmente a sus acreedores la intención de pedir la liquidación, se condena al empresario a tres años de inhabilitación (frente a los cinco solicitados por la fiscalía). Al igual que en la causa concursal de Establiments Miró, dicha sentencia no es firme y , en dicho caso, puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Bizcaia.
El mismo fallo también condena a Francesc Miró y a Establiments Miró, S.L. a “que abonen de manera solidaria a la masa activa, el 40% (8 M€) del déficit en el pago de los créditos concursales y contra la masa (20,2 M€); y asimismo, condenar a Francesc Miró Fisa a abonar hasta el 100% de los mismos”.
Por las mismas, tanto el empresario como Establiments Miró pierden cualquier derecho que tengan como acreedores concursales. Se trata este último de un aspecto importante en tanto en cuanto que la cadena Establiments Miró ostenta un crédito concursal subordinado por importe de 17,61 M€. Los créditos concursales al declarse la insolvencia ascendían a 18,32 M€.







