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Competencia sanciona a Correos con una multa de 8,17 M por abuso de posición

Competencia sanciona a Correos con una multa de 8,17 M por abuso de posición

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 8,17 M€ a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos por un abuso de posición de dominio. La sociedad estatal ha aplicado a sus “grandes clientes” descuentos mayores de los que ofrece a los operadores alternativos que utilizan la red del servicio postal universal, a pesar de que contratan servicios similares. Esta conducta les ha impedido competir porque no pueden ofrecer sus servicios a los consumidores sin incurrir en perdidas, lo que se considera un estrechamiento de márgenes. El 12 de septiembre de 2011, tuvo entrada en la Comisión Nacional de la Competencia escrito de denuncia de Unipost contra Correos. Tras un periodo de información reservada, la Dirección de Investigación incoó, con fecha 9 de marzo de 2012, un expediente sancionador contra la operadora pública por un posible abuso de posición de dominio y el 9 de abril de 2012 se acordó la admisión como interesada de Akropost Servicios Postales del País Vasco.

Correos es el administrador de la mayor red postal con cobertura en todo el territorio nacional y el principal operador del mercado. Tiene encomendada la prestación del Servicio Postal Universal hasta el 2025 y la obligación de prestar a sus competidores los servicios mayoristas de acceso a su red. A pesar del proceso de liberalización iniciado con las Directivas de 1997, 2002 y 2008, Correos tiene un volumen de facturación más de 10 veces mayor que su principal competidor, Unipost.

En la resolución de 21 de enero de 2014 del Pleno de la CNMC, se declara acreditada la existencia de una conducta de abuso de posición dominante instrumentada mediante un estrechamiento de márgenes. En concreto, Correos ofrecía unos niveles de descuentos a sus grandes clientes muy por encima de los descuentos ofrecidos a Unipost y a otros competidores de Correos por servicios similares, lo cual impedía a éstos abrir mercado en ese segmento. Esto supone que habría estado aplicando descuentos mucho mayores a sus “grandes clientes”, definidos como “aquellas entidades empresariales que contratan los servicios postales por valor superior a 100.000 € anuales”, frente a los aplicados a los operadores alternativos que utilizan la red del servicio postal universal. Esto se producía a pesar de que los operadores alternativos le contratan prestaciones postales equiparables y en suficiente volumen para considerarse por sí mismos “grandes clientes”. Cabe recordar que la operadora postal pública ya ha sido sancionada en tres ocasiones con anterioridad por dificultar el acceso a la red postal a los operadores alternativos.



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