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Logista recurrirá la multa de CNMC por intercambio de información privilegiada

Logista recurrirá la multa de CNMC por intercambio de información privilegiada

Tal y como comunicaba el pasado 12 de abril en un hecho relevante en la CNMV, el grupo de distribución integral Logista ha mostrado su desacuerdo con la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), emitida dos días antes. Según dicha resolución, se le acusaba a Compañía de Distribución Integral Logista de "un supuesto intercambio de información entre determinados fabricantes de tabaco" -entre 2008 y 2017- y la distribuidora, que les permitía consolidar su posición de liderazgo, y le imponía una sanción de 20,99 M€.

Según la CNMC, Logista ponía a disposición de diversas tabaqueras afines a Logista (Philip Morris, Altadis y JT International Iberia) "el acceso inmediato a las ventas diarias de dicha distribuidora mayorista a los estancos, reduciendo la incertidumbre en dicha parte del mercado". Los hechos acreditados indican que Logista "ha estado facilitando el acceso a los fabricantes de tabaco, con los que tiene suscrito un contrato de distribución, a información diaria y gratuita relativa a las ventas de dicha distribuidora mayorista a los estancos. Estos datos estaban desglosados por las marcas y productos de todos los fabricantes a los que distribuye y, además, por las provincias de la Península y Baleares. Se trata de una información que dista mucho de la que publica mensualmente el Comisionado del Mercado de Tabacos". "Esta información permite a los fabricantes conocer con total precisión y con frecuencia diaria, el patrón del comportamiento en las compras de todos los productos de cualquier marca de cigarrillos por parte de los estancos. Así como la reacción de la demanda en cada provincia para cada una de las marcas y categorías ante modificaciones de precios o el lanzamiento de nuevos productos".

"El efecto de tales prácticas ha sido, por un lado, el consolidar la posición de Logista como principal distribuidor mayorista en el mercado con un 99% de cuota desde el año 2008, dificultando la entrada y expansión de terceros distribuidores mayoristas. Por otra parte, ha provocado la reducción de la de por sí escasa incertidumbre del mercado de cigarrillos mediante un incremento artificial de la transparencia, coadyuvando a la estabilidad de las cuotas de mercado de los fabricantes de cigarrillos en dicho mercado. Desde 2008 la cuota de mercado nacional en la fabricación y distribución de cigarrillos de las principales empresas - Philip Morris, Altadis, JT International Iberia y British American Tobacco dominan el 95%) se ha mantenido estable.". Por ello, la CNMC considera que se ha producido una "infracción única y continuada muy grave del artículo 1 de la Ley 15/2007, y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE, consistente en el intercambio de información sensible" y condenaba a todos los implicados al pago de una multa de 57,71 M€, de los que 20,99 M€ deben ser abonados por Logista.

Sin embargo, Logista argumenta que que dicha información no era exclusiva para las tabaqueras implicadas, sino que estaba "a disposición de todos los fabricantes de tabaco, y del Comisionado para el Mercado de Tabacos, información sobre las ventas agregadas a nivel provincial. Esta información no es sensible, ni tiene efectos en la competencia entre los fabricantes". Además, "la CNMC no prueba, ni demuestra, que la información sobre ventas de Logista haya producido los supuestos efectos restrictivos de la competencia entre fabricantes que se le atribuyen. Logista ha acreditado que la referida información, de carácter gratuito, se ha puesto a disposición de todos los fabricantes que distribuyen sus productos con Logista, con la lícita finalidad de que éstos puedan verificar el cumplimiento estricto del principio de neutralidad, en la actuación de Logista como distribuidora mayorista en el mercado de tabacos". Por ello, "la Sociedad considera que dicha Resolución, que no es firme, no se ajusta a Derecho, y anuncia la decisión de Logista de interponer contra la misma el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional".



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