El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha desestimado el recurso que Fruits de Ponent había presentado en 2016 contra la Comisión Europea por los daños sufridos durante la crsis de la fruta de hueso de 2014, con una bajada de precios y el cierre de las fronteras del mercado ruso. La entidad había reclamado una indemnización de 312.000 € para reparar el daño sufrido por algunos socios miembros de la cooperativa. Según explicaron desde la frutícola, se denunciaba una actuación indebida por parte de la Comisión Europea como respuesta a la crisis que se vivió en aquel momento.
La justicia europea ha dictaminado que nada permite afirmar que la Comisión infringiera de manera manifiesta y grave su deber de diligencia por no recabar información adecuada, es decir, los precios comunicados por los Estados miembros. Como respuesta, Fruits de Ponent ha publicado en un comunicado siete puntos con su visión de la sentencia. Por un lado, da la bienvenida a que el TUE reconociera, por primera vez, la crisis que vivió todo el sector el año 2014. “Durante la temporada de 2014, el sector de la fruta dulce sufrió perturbaciones que se tradujeron en un hundimiento de los precios. Como fue una crisis totalmente excepcional, Fruits de Ponent decidió que era necesario interponer un recurso para poner el foco sobre una situación que no debería repetirse en el futuro. Para ello escogió la vía de la reclamación de daños ante el TUE. El grupo reconoce que esperaba que a la demanda se hubieran sumado el máximo de productores y organizaciones perjudicados por la crisis. "Sin embargo, esto no fue posible y optamos por escoger tres casos entre nuestros asociados, representativos de la situación vivida", explican.
El comunicado también valora de forma positiva que, aunque durante el proceso, la Comisión Europea ha rechazado que existen normas que dan un derecho a los agricultores perjudicados por crisis como la vivida en 2014, el Tribunal ha dado la razón al Grupo Cooperativo en este punto. La Sentencia concede que sí existen normas que dan un derecho a indemnización a los agricultores afectados por la crisis. Sin embargo, lamenta que el Tribunal limite el derecho de los afectados a una indemnización solo si existe una conducta ilegal especialmente grave (es decir, una violación suficientemente caracterizada). En este sentido, Fruits de Ponent muestra su preocupación por el hecho de que el Tribunal General considere que en 2014 no haya habido errores suficientemente graves por parte de la administración comunitaria que den derecho a compensación. Y aunque respeta las resoluciones de los Tribunales, Fruits de Ponent está analizando la sentencia así como las acciones a adoptar. "Entendemos que la sentencia no ahonda y reconoce adecuadamente la gravedad de los errores cometidos en 2014".







